¿Por qué tengo que pagar impuestos?

 

¿Por qué tengo que pagar impuestos?

 

Quizá se haya hecho esta interrogante alguna vez, (cuando va al super y ve su ticket que dice IVA, al momento de recibir el pago de su nómina y ver en su recibo el descuento del ISR o cada mes cuando su contador le dice que se tiene que pagar “x” cantidad), y la respuesta es, porque así lo señala el artículo 31 fracc. IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:

 Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

 

 Lo sé, no es la respuesta que quería escuchar, por eso trataré de explicarle de otra forma por qué debemos de pagar impuestos y para ello haré referencia a los que señala el autor Adolfo Arrioja Vizcaíno en su libro de Derecho Fiscal.

 Está fuera de toda discusión que el hombre es un ser esencial y predominantemente social, pues dos de sus cualidades distintivas, que permiten además diferenciarlo de otras criaturas que habitan la Tierra, la inteligencia y el lenguaje, solo pueden ejercitarse a través de la vida en sociedad. Es así como desde sus más remotos orígenes el hombre buscó la compañía de sus semejantes para poder subsistir y progresar.

En un principio, el hombre integró comunidades nómadas que, al no poseer un asiento fijo, dificultaron enormemente el establecimiento de una auténtica vida social. No obstante, aún en aquéllos conglomerados primitivos es factible advertir los primeros rudimentos de lo que posteriormente serían el Estado y el Derecho. A pesar de su condición de nómada, aquella primitivas comunidades requirieron de un jefe o guía al que por la fuerza tuvieron que dotar de un cierto poder y autoridad y, asimismo, tuvieron que desarrollar algunas normas obligatorias de convivencia, pues es otra verdad evidente que, paralelamente con su instinto social o gregario, el ser humano generó una notable capacidad autodestructiva como especie y como individuo, que perdura, debidamente perfeccionada, hasta nuestros días.

 Tras varios siglos de nomadismo, caracterizados por una notable lucha de sobrevivencia en medio de un ambiente hostil y repelente, el hombre, mediante el descubrimiento de la agricultura, decide establecerse en sitios fijos que ofrecen una mayor seguridad y mejores condiciones de vida. Es así como, generalmente a orillas del mar, de ríos o de lagos, surgen las primeras ciudades que con el tiempo se transformarán en las capitales de grandes imperios y naciones.

Pero el sedentarismo trae aparejado nuevos problemas. Si bien es cierto que la vida en un solo lugar ofrece indudables perspectivas, entre las que destaca el poder dedicarse libre y tranquilamente a actividades productivas, también lo es que, para poder subsistir, cualquier asentamiento humano debe proveer y satisfacer una serie de necesidades básicas, que al afectar a todos los miembros de una población revisten el carácter de tareas colectivas. Como afirma Serra Rojas: “Los seres humanos tenemos necesidades esenciales que debemos imperiosamente aplacar. La suma de estas necesidades forma las necesidades sociales cuya atención es cada día más compleja e ineludible”.

Es esas condiciones, los primeros núcleos sedentarios decidieron que, a fin de poder aprovechar plenamente las ventajas que este nuevo método de vida social les ofrecía, era conveniente asignar al poder público ya constituido una nueva tarea: la satisfacción de las necesidades colectivas. Tarea que vino a sumarse a las antiguas funcione nómadas de dirección del grupo, defensa e impartición de justicia. Al respecto, el mismo autor señala lo siguiente: “Algunas de esas actividades son servicios de los cuales no puede prescindir una sociedad, como la justicia, la defensa nacional, la policía, los transportes, la actividad educativa y económica, el crédito público y otras.”

 

 De acuerdo a lo transcrito anteriormente existen diferentes teorías que justifican la relación jurídico-tributaria, de las cuales dicho autor considera a la Teoría del Beneficio Equivalente como la teoría que justifica de manera admirable la existencia y necesidad de la relación jurídico-tributaria, la cual a continuación se señala en que consiste.

 

“Teoría del Beneficio Equivalente. Es la sostenida por la escuela anglosajona del Derecho Público y de la Economía Política. Entre sus principales promotores destacan los prestigiados autores Hugh Dalton y Simon Kuznets. Se expresa diciendo que los tributos tienen como finalidad costear los servicios públicos que el Estado presta, por lo que tales servicios deben representar para el particular un beneficio equivalente a las contribuciones efectuadas. Al respec:o. Kuznets sostiene que: «El valor de los servicios que el Gobierno presta a los individuos es equivalente al importe de los impuestos que pagan”.”

 

Como último punto para poder entender por qué tenemos que dar una parte de nuestros ingresos o ganancias señala lo siguiente:

 

“Pero la decisión de encomendar al Estado todas estas tareas y funciones trajo como corolario inevitable la obligación de proporcionarle los medios y recursos apropiados para llevarla a cabo. Fue así como actuando dentro de una sana lógica -este el punto en el que no cesaremos de insistir, pues la más de las veces el ciudadano promedio generalmente mal informado, que paga sus impuestos se siente víctima de una especie de robo-…..”

 

 

En resumen, debemos de pagar impuestos para que el Estado proporcione los servicios públicos que la sociedad  necesita, sin embargo sabemos que los servicios públicos no son de calidad o que los recursos no son bien administrados, pero eso ya es otro tema que más adelante abordaré.

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